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Binance y Hacienda 2026: qué sabe la AEAT de tu cuenta (y qué no).

Binance Spain S.L. (NIF B01929306) reporta tus saldos y operaciones a la AEAT vía los Modelos 172 y 173 desde 2024. A partir de 2027, la directiva europea DAC8 extenderá ese cruce al resto de exchanges de la Unión. Esta guía explica qué ve Hacienda de tu cuenta hoy, qué cambia con DAC8, qué hacer si no declaraste años anteriores y cómo cuadrar tu Renta 2025 antes de que llegue el cruce.

Javier Mancera·22 de abril de 2026·lectura 11 min

1. ¿Binance informa a Hacienda? Sí, desde 2024.

Binance Spain, S.L. es la entidad registrada en España bajo la que Binance opera para sus usuarios residentes en el país. Su NIF es B01929306 y está inscrita en el registro de proveedores de servicios sobre criptomonedas del Banco de España con el número D661 desde julio de 2022, en aplicación de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales.

Esa residencia fiscal española es lo que la convierte en sujeto obligado a presentar a la AEAT dos declaraciones informativas específicas desde el ejercicio 2024:

  • El Modelo 172 (declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales) informa cada enero de las cantidades de cada criptomoneda que cada usuario tenía depositadas a 31 de diciembre del año anterior, junto con su valor en euros a esa fecha.
  • El Modelo 173 (declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales) informa trimestralmente (y de forma acumulada anual) de todas las compras, ventas, swaps, permutas, cobros y pagos de cada usuario durante el ejercicio.

Ambos modelos fueron aprobados por la Orden HFP/887/2023, de 26 de julio, en desarrollo de las obligaciones introducidas por el Real Decreto 249/2023, y son el instrumento por el cual la AEAT recibe anualmente el histórico contable de cada cliente de Binance Spain sin que el usuario tenga que hacer nada. No presentas tú. Lo presenta Binance. Y lo que llega a Hacienda es tu mapa completo de tenencia y operativa en esa cuenta durante el año.

Resumido en una frase: desde 2024, la AEAT ya tiene tu Binance.

2. El matiz Binance Spain S.L. frente a Binance Global.

Cuando un residente español abre su cuenta en la web o app de Binance con residencia España declarada, la cuenta queda registrada bajo Binance Spain S.L. Los Modelos 172 y 173 cubren a todos esos usuarios. Es el grueso del retail cripto español.

Lo relevante de esa adscripción española no es solo lo informativo: cambia también la foto del Modelo 721, la declaración informativa que tú sí presentas cuando tienes cripto custodiada por entidades no residentes en España por encima de 50.000 euros.

La Consulta Vinculante DGT V2290-23 y las preguntas frecuentes publicadas por la AEAT sobre el 721 apoyan la interpretación mayoritaria entre asesores fiscales especializados: las criptomonedas custodiadas por una entidad con residencia fiscal española (como Binance Spain S.L.) no se consideran situadas en el extranjero a efectos del 721 y, por tanto, no cuentan para el umbral de los 50.000 euros. Si solo tienes Binance bajo Binance Spain, aunque tu saldo supere esa cifra a 31 de diciembre, probablemente no te toca presentar el 721 por ese saldo.

Cosa distinta es si tienes cuenta con Binance Global (la entidad no europea de Binance, típicamente utilizada por personas que se registraron antes de la llegada de Binance Spain o que han movido su cuenta a otra jurisdicción): en ese caso tus saldos pueden considerarse situados en el extranjero y entrar al cómputo del 721 junto con los de otros exchanges no residentes. La frontera no es la marca Binance, es la entidad legal que firma tu relación contractual.

Si dudas de bajo qué entidad está tu cuenta, revisa los términos y condiciones que aceptaste al abrirla: aparece el nombre legal y el NIF del contraparte. En la mayoría de usuarios residentes registrados después de 2022 es Binance Spain S.L.

3. DAC8: qué cambia desde 2026-2027.

DAC8 es la octava modificación de la Directiva de Cooperación Administrativa en materia fiscal de la Unión Europea. Fue aprobada por la Directiva (UE) 2023/2226 del Consejo el 17 de octubre de 2023 y obliga a todos los Estados miembros a transponerla antes del 31 de diciembre de 2025, con aplicación efectiva desde el 1 de enero de 2026.

Lo que introduce DAC8 es un mecanismo armonizado de intercambio automático de información entre autoridades fiscales europeas sobre las operaciones en criptomonedas de sus residentes. Funciona así: cada proveedor de servicios sobre criptoactivos (exchange, broker, wallet custodial) con sede en un Estado miembro reporta a su propia autoridad fiscal los datos de sus clientes que sean residentes de cualquier país de la UE. Esa autoridad transmite automáticamente esos datos al país de residencia de cada cliente.

En la práctica, para un residente fiscal español significa que, a partir del ejercicio 2026 (con cruces empezando en enero de 2027), la AEAT empezará a recibir automáticamente los datos que hoy solo conseguía vía Binance Spain, pero ahora también de:

  • Kraken (desde Irlanda a través de Payward Europe Solutions Ltd y su equivalente MiCA).
  • Bitpanda (desde Austria a través de Bitpanda GmbH).
  • Coinbase (desde Alemania a través de Coinbase Germany GmbH o su sucesora bajo MiCA).
  • Bit2Me, que al ser español ya presenta Modelos 172/173 directamente; DAC8 no añade nada aquí.

Lo que DAC8 no cubre: exchanges establecidos fuera del Espacio Económico Europeo (Bybit, KuCoin offshore, OKX), DeFi puro sin custodio identificable, y wallets self-custodial (Ledger, Trezor, MetaMask). Sobre esos sigue vigente el Modelo 721 como obligación autodeclarativa del residente español, y el cruce queda en manos de otras herramientas (CRS cripto global, FATCA-cripto cuando se apruebe).

Para un usuario que solo opera en Binance Spain, DAC8 no cambia nada en la práctica: tu capa ya está cubierta por los Modelos 172 y 173 españoles desde 2024. Para un usuario multi-exchange europeo, DAC8 cierra el resto de huecos.

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4. Cómo cruza la AEAT tu Binance con tu Renta.

El flujo tiene cuatro pasos, y se repite cada año:

  1. 01Entre enero y marzo del año N+1, Binance Spain presenta el Modelo 172 (saldos a 31 de diciembre de N) y el Modelo 173 (operaciones del año N) con los datos de todos sus usuarios.
  2. 02La AEAT recibe esos ficheros y los integra en su base de datos cruzada con tu NIF.
  3. 03Entre abril y junio del año N+1, tú presentas tu Modelo 100 de la Renta del año N, declarando las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de ventas y swaps de cripto según FIFO según AEAT.
  4. 04A partir de ese momento (y durante los cuatro ejercicios siguientes antes de prescribir), la AEAT compara automáticamente lo que tú declaraste con lo que Binance reportó. Si cuadra, nada. Si no cuadra, te llega una notificación o una propuesta de liquidación.

El plazo general de prescripción es de cuatro años desde el fin del periodo voluntario de declaración (art. 66 LGT), así que lo que presentes en junio de 2026 puede ser revisado por la AEAT hasta junio de 2030. En la práctica los requerimientos masivos en temas nuevos como cripto suelen llegar entre el año 2 y el año 3.

La foto importante: la AEAT no adivina nada. No tiene acceso en vivo a tu Binance. Tiene una foto anual, contable, agregada, que llega una vez al año. Si declaras con honestidad y consistencia, el cruce es un trámite silencioso. Si hay desajustes materiales, el cruce es el desencadenante.

5. Si no declaraste años anteriores.

El escenario más común entre el retail cripto español: operé en Binance entre 2021 y 2024, no declaré nada, ahora veo que Binance ya está reportando y no sé por dónde empezar. Tres caminos, por orden de gravedad creciente:

Extemporánea voluntaria antes de requerimiento. Si el ejercicio no ha prescrito (últimos cuatro), presentas una declaración complementaria del Modelo 100 de ese año con los recargos del art. 27 de la Ley General Tributaria: 1 por ciento fijo más 1 por ciento por cada mes completo de retraso durante los primeros 12 meses, y 15 por ciento fijo más intereses de demora a partir del mes 13. Hay una reducción del 25 por ciento sobre el propio recargo si lo pagas en el plazo abierto por la AEAT tras la presentación y no recurres. No hay sanción de infracción tributaria. Es la opción más barata.

Extemporánea después de requerimiento. Si la AEAT te abre procedimiento antes de que tú actúes, el régimen ya no es el del art. 27 sino el régimen sancionador general. Las sanciones del art. 191 LGT van del 50 al 150 por ciento de la cuota dejada de ingresar según la gravedad, más los intereses. Es significativamente más caro.

Ejercicios prescritos. Si el año ya ha prescrito (más de cuatro ejercicios), la AEAT no puede exigirte impuesto sobre esa renta. Pero sí puede cruzar tus saldos actuales con tus declaraciones pasadas: si tienes cripto que no figura en ningún origen declarado, la normativa permite imputarlo como ganancia patrimonial no justificada (art. 39 LIRPF) en el ejercicio en el que se descubre, tributando en base general con tramos hasta el 47 por ciento. En ejercicios prescritos, presentar fuera de plazo ya no aporta nada; lo que sí ayuda es conservar documentación del origen (extractos SEPA, emails de compra) por si el requerimiento llega.

El momento óptimo para regularizar ejercicios no prescritos es antes del 1 de enero de 2027, cuando empezará el primer cruce DAC8. Lo que hagas antes es régimen voluntario; lo que hagas después es régimen sancionador.

6. Qué hacer ahora (tres pasos).

Uno. Descarga el histórico completo de tu cuenta de Binance. Cartera (Wallet) → Historial de transacciones (Transaction History) → Exportar registro de transacciones. El primer rango que interesa es el ejercicio 2025 completo (1 de enero a 31 de diciembre) si todavía no has presentado la Renta 2025. Si hay ejercicios anteriores no declarados y dentro de plazo, descarga también 2021, 2022, 2023 y 2024.

Dos. Calcula las ganancias y pérdidas patrimoniales aplicando FIFO según AEAT operación por operación. Si tienes menos de 500 operaciones en el ejercicio, puedes usar la calculadora gratuita de Criptohacienda, que te devuelve un borrador con los cuatro números clave, el desglose operación por operación y el semáforo del Modelo 721. Para volúmenes superiores, usa el ejemplo práctico de FIFO como referencia y valora hacerlo con asesor.

Tres. Compara tu cálculo con los datos que aparecen en "Mis datos fiscales" en la Sede Electrónica de la AEAT, donde verás lo que Binance ya ha reportado sobre ti. Si cuadra, presentas tu Renta con esos números. Si no cuadra, entiende de dónde viene la diferencia antes de firmar (errores en el CSV, operaciones no contadas, swaps interpretados mal) y ajusta. Si hay ejercicios anteriores con descuadre, sigue el camino de la extemporánea voluntaria antes de que llegue requerimiento.

Para el detalle completo de cada paso (casillas exactas del Modelo 100, la interacción entre el 721, el 714 y la Renta, y el tratamiento de swaps, airdrops y staking), la guía maestra cubre el mapa entero: cómo declarar tus criptomonedas en España 2026.

7. Preguntas frecuentes.

¿Qué datos exactamente envía Binance Spain a Hacienda vía Modelos 172 y 173?

Binance Spain S.L. presenta al cierre de cada ejercicio el Modelo 172 con los saldos en criptomonedas de cada usuario a 31 de diciembre (cantidad por tipo de moneda y valor en euros) y el Modelo 173 con todas las operaciones del año (compras, ventas, swaps, comisiones, fechas y contraparte cuando aplique). No incluye tus claves privadas ni accesos: solo el histórico contable del titular de la cuenta durante ese ejercicio. Es información agregada, no acceso en vivo.

Si Binance Spain ya presenta mis datos, ¿me afecta DAC8 desde 2027?

No adicionalmente sobre tu cuenta de Binance Spain, porque esa capa ya está cubierta con los Modelos 172 y 173 españoles desde el ejercicio 2024. DAC8 añade el reporte automático europeo para exchanges con sede en otros Estados miembros (Kraken en Irlanda, Bitpanda en Austria, Coinbase en Alemania, etc.) cuando tengan clientes residentes en España. Si solo usas Binance Spain, DAC8 no cambia tu foto. Si usas también exchanges europeos no españoles, a partir de 2027 la AEAT los cruzará igual que cruza hoy los españoles.

¿Qué pasa con mis compras de 2020-2023 que nunca declaré?

Tres escenarios. Primero, si estás dentro del plazo de prescripción de 4 ejercicios (art. 66 de la Ley General Tributaria) puedes presentar una declaración complementaria del Modelo 100 de ese año en extemporánea voluntaria con los recargos del art. 27 LGT: entre un 1 y un 15 por ciento según meses de retraso, más intereses si pasas de 12 meses. Segundo, si ha prescrito el ejercicio, ya no se puede exigir el impuesto sobre esa renta; pero la AEAT sí puede cruzar tus saldos posteriores y preguntar de dónde salieron, y si no puedes justificar el origen podrías acabar tributando como ganancia no justificada en base general. Tercero, si el ejercicio no ha prescrito y esperas al cruce DAC8 de 2027, el requerimiento conllevará sanción añadida entre el 50 y el 150 por ciento sobre la cuota dejada de ingresar (art. 191 LGT). Conclusión: regularizar antes del cruce sale barato, hacerlo después sale caro.

¿Cada cuánto sincroniza Binance Spain los datos con la AEAT?

Una vez al año, no en tiempo real. El Modelo 172 se presenta durante el mes de enero del año siguiente al ejercicio declarado y el Modelo 173 durante el primer trimestre del año siguiente. Lo que hagas en Binance hoy se reportará a la AEAT entre enero y marzo del año que viene. No hay notificación automática en tu cuenta de Binance cuando eso ocurre.

¿Puedo saber qué datos tiene hoy la AEAT sobre mí?

Sí. En la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, dentro del trámite "Mis datos fiscales" o la certificación de datos de terceros, aparecen los importes y saldos que terceros han reportado sobre ti, incluidos Binance Spain y cualquier otro obligado a informar. Si ves datos que no cuadran con lo que declaraste en tu Renta, sabrás exactamente dónde vas a tener fricción antes de que llegue una notificación. Requiere certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.

¿Qué diferencia hay entre el Modelo 721 (lo presento yo) y los Modelos 172 y 173 (los presenta Binance)?

Dirección opuesta. Los Modelos 172 y 173 los presenta la entidad española que te custodia cripto (Binance Spain, Bit2Me, Bitpanda Spain, etc.) informando a la AEAT de lo que tú tienes con ella. El Modelo 721 lo presentas tú, informando a la AEAT de la cripto custodiada por entidades no residentes en España (Kraken, Coinbase internacional, Bybit, KuCoin, OKX, etc.) cuando supera los 50.000 euros a 31 de diciembre. Son tres modelos que cubren puntos ciegos distintos del mismo mapa.

¿DAC8 sustituye al Modelo 721?

No. DAC8 es un mecanismo de intercambio automático entre autoridades fiscales europeas; el Modelo 721 es una declaración que tú presentas. Coexisten. De hecho, la transposición española de DAC8 prevista para 2026-2027 probablemente ampliará el alcance del Modelo 721 en lugar de suprimirlo. Hasta que el BOE publique la norma concreta, la regla de los 50.000 euros sobre exchanges no residentes sigue vigente tal como la conoces hoy.

Si solo compré cripto en 2025 y no vendí nada, ¿Binance informará algo sobre mí?

Sí. El Modelo 172 informa de tus saldos a 31 de diciembre aunque no hayas vendido nada durante el año. La foto de tenencia queda reportada. Eso no implica impuesto (las ganancias patrimoniales en IRPF solo se generan al vender o al hacer swap), pero sí implica que la AEAT sabe que tienes cripto y cuánto. Si más adelante vendes, el origen ya está documentado en la base de datos de la AEAT.

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fuentes oficiales

La fuente primaria siempre prevalece sobre cualquier guía, incluida esta.

Si tu caso roza los límites o un asesor te pide referencia normativa concreta, ve directamente al BOE, a la AEAT o a las consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos.

el que firma

Javier Mancera

founder · criptohacienda

Madrid. Monte Criptohacienda despues de pasar por el mismo calvario que probablemente has vivido tu: pagar Koinly un ano, entrar a la app, y descubrir que el informe que me pedia mi gestor (valor de adquisicion, valor de transmision y comision operacion por operacion) no estaba. Esta guia es lo que me hubiera gustado tener delante el primer dia.

Para consultas de prensa o colaboraciones fiscales: hola@criptohacienda.es.