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FIFO en criptomonedas, explicado con un ejemplo que se entiende.

Qué es FIFO, por qué te lo impone la AEAT, cómo calcularlo paso a paso con un ejemplo numérico real de tres compras y una venta en BTC, y los cinco errores más frecuentes del retail español.

Javier Mancera·13 de abril de 2026·lectura 7 min

1. Qué significa FIFO y por qué te lo impone Hacienda.

FIFO son las siglas en inglés de First In, First Out. Traducción literal: primero en entrar, primero en salir. En castellano fiscal: cuando vendes una parte de tus cripto, se considera que estás vendiendo primero las que compraste antes.

Es una convención, no una descripción física. Hacienda no tiene forma de saber qué bitcoin concreto vendes porque los bitcoin son fungibles (todos son iguales). Así que asume un orden de consumo, y ese orden es el de entrada en tu inventario: el primer lote que compraste es el primero que se considera consumido cuando vendes.

La base legal directa para criptomonedas no viene de una ley específica, sino de la extensión del criterio general del artículo 37 de la Ley del IRPF para valores homogéneos, más el criterio interpretativo de la Dirección General de Tributos en varias consultas vinculantes. En España, para el retail, FIFO es el único método aceptado.

Si vas a declarar cripto en la Renta, no hay elección. Tus compras y ventas se reordenan por FIFO y el resultado es el que es.

2. Ejemplo numérico con tres compras y una venta en BTC.

Imagina que durante 2025 hiciste estas operaciones en Binance, todas con BTC:

15 ene: compras 0,10 BTC a 40.000 €/BTC → pagas 4.000 €

20 mar: compras 0,10 BTC a 50.000 €/BTC → pagas 5.000 €

10 jul: compras 0,10 BTC a 60.000 €/BTC → pagas 6.000 €

05 nov: vendes 0,15 BTC a 70.000 €/BTC → recibes 10.500 €

Tu inventario tiene tres lotes cuando llega el 5 de noviembre: L1 de 0,10 BTC con coste 4.000 €, L2 de 0,10 BTC con coste 5.000 €, y L3 de 0,10 BTC con coste 6.000 €. Total en inventario: 0,30 BTC con coste total 15.000 €.

El 5 de noviembre vendes 0,15 BTC. FIFO dice: consume primero los lotes más antiguos. Empezamos por L1:

  • L1 tiene 0,10 BTC. Consumimos los 0,10 enteros. Coste asignado a la venta: 4.000 €. Restante por vender: 0,05 BTC.
  • L2 tiene 0,10 BTC. Consumimos 0,05 (la mitad del lote). Coste asignado: 5.000 × (0,05 / 0,10) = 2.500 €. Restante por vender: 0.
  • L3 queda intacto: 0,10 BTC con coste 6.000 €.

Coste total consumido: 4.000 + 2.500 = 6.500 €. Valor total de la venta: 10.500 €.

Ganancia patrimonial de la venta: 10.500 − 6.500 = +4.000 €.

Esos 4.000 euros son los que van a la sección de ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales del Modelo 100, subapartado de monedas virtuales. Se integran en la base del ahorro y se tributan a los tramos 19/21/23/27/30 por ciento según el total de tu base del ahorro.

Tu inventario tras la venta queda así: L2 con 0,05 BTC y coste 2.500 €, más L3 con 0,10 BTC y coste 6.000 €. Es lo que cuenta para futuras ventas y, si te aplica, para el Modelo 721 y el Modelo 714 a 31 de diciembre.

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3. FIFO en swaps cripto-cripto (el detalle que engaña).

El error más caro del retail español es creer que los swaps cripto-cripto no tributan hasta que saques a euros. Falso. Cambiar BTC por ETH es un hecho imponible. Y dispara FIFO en el token que entregas.

Fiscalmente, un swap es una permuta. El artículo 37.1.h de la Ley del IRPF regula las permutas y establece un criterio clave: para valorar la operación, se toma el mayor de los dos valores de mercado, el del bien entregado o el del bien recibido. No la media. No el menor. El mayor.

Cómo se aplica a un swap en Binance. Supón que el 15 de octubre de 2025 cambias 0,05 BTC por 1 ETH. En ese momento, 1 BTC vale 65.000 euros y 1 ETH vale 3.300 euros. Valor del BTC entregado: 0,05 × 65.000 = 3.250 €. Valor del ETH recibido: 1 × 3.300 = 3.300 €. Tomamos el mayor: 3.300 €.

La operación se desdobla en dos movimientos fiscales:

  1. Venta FIFO de 0,05 BTC con valor de transmisión 3.300 €. El coste de adquisición se calcula por FIFO sobre tu inventario de BTC (el lote o lotes más antiguos, como en el ejemplo anterior). La ganancia es 3.300 € menos el coste consumido.
  2. Compra de 1 ETH con coste de adquisición 3.300 € (el valor de mercado tomado como referencia, que es el mayor). Entra a tu inventario de ETH como nuevo lote con fecha 15 de octubre de 2025.

Si años después vendes ese ETH, el FIFO de ETH recordará que su coste de adquisición fue de 3.300 € (no el precio original del BTC que le dio origen). Esa es la cadena correcta.

Para el retail con decenas de swaps al año, aplicar FIFO a mano sobre swaps cripto-cripto es tedioso y propenso a errores. Por eso existen las calculadoras. Criptohacienda lo hace automáticamente desde tu CSV de Binance en tres minutos.

4. Cómo afectan las comisiones de Binance.

Las comisiones que Binance te cobra en cada operación son gastos inherentes a la transmisión o a la adquisición, según el caso, y el artículo 35.1.b/c de la Ley del IRPF dice qué hacer con ellas.

  • Comisiones de compra. Aumentan el valor de adquisición del lote. Si compraste 0,10 BTC por 4.000 € y pagaste 4 € de comisión, el coste real del lote es 4.004 €, no 4.000 €.
  • Comisiones de venta. Reducen el valor de transmisión. Si vendiste 0,15 BTC por 10.500 € y pagaste 10 € de comisión, el valor neto de la venta es 10.490 €.
  • Comisiones pagadas en BNB (descuento 25%). Si Binance te cobró la comisión en BNB con el descuento, el BNB gastado sí cuenta como gasto inherente a la operación. Se valora en euros al precio del momento de la comisión. Contablemente tiene el mismo efecto que haberla pagado en el token base.

En la práctica, imputar las comisiones trade por trade es laborioso y el efecto final sobre la ganancia neta global es idéntico a restarlas todas al final. Por eso Criptohacienda las agrega en el bloque superior del PDF (art. 35.1.b/c LIRPF) y las resta del resultado neto global. Matemáticamente el resultado es el mismo.

5. Los cinco errores más frecuentes.

  1. 1. Creer que los swaps cripto-cripto no tributan. El error más caro. Sí tributan, y disparan FIFO en el token entregado. Para un trader activo que rota entre cinco altcoins al mes, no aplicar esto significa declarar cero cuando la realidad fiscal son miles de euros.
  2. 2. Mezclar ejercicios. Aplicar FIFO sobre lotes de varios ejercicios sin haber declarado los ejercicios anteriores. El FIFO de cada año se cierra con el inventario final de ese año y se abre el siguiente con esos mismos lotes arrastrados. Si no declaraste 2023, no puedes empezar 2025 desde cero.
  3. 3. Usar LIFO o HIFO porque da menos ganancia. En España no es legal para el retail. Solo FIFO. Si usas LIFO porque un software global te lo ofrece, estás haciendo una declaración incorrecta.
  4. 4. Olvidar las comisiones en BNB. Si Binance te cobró la comisión en BNB con el descuento del 25%, ese BNB consumido es gasto inherente y tiene efecto fiscal. Hay quien lo considera "regalo de la plataforma" y no lo declara. Error.
  5. 5. Aplicar FIFO global en lugar de FIFO por token. Cada criptomoneda lleva su propio inventario FIFO separado. Los lotes de BTC no se mezclan con los de ETH. Si tu software hace un FIFO agregado de todo junto, está mal.

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6. Preguntas frecuentes.

01¿Por qué Hacienda impone FIFO y no otro método?

Porque es el criterio más conservador para el contribuyente en la mayoría de los casos y el más simple de aplicar cuando no hay identificación individualizada del activo. En España, la normativa fiscal asume FIFO por defecto para acciones y valores homogéneos (art. 33 y 37 LIRPF), y la AEAT extendió esa lógica a las criptomonedas. En países anglosajones hay métodos alternativos (LIFO, HIFO, promedio) pero en España solo FIFO es aplicable al retail.

02¿FIFO aplica también a los swaps cripto-cripto?

Sí. Cuando intercambias BTC por ETH, fiscalmente es equivalente a vender BTC y comprar ETH: la "venta" del BTC consume lotes según FIFO, y el ETH recibido se añade como nuevo lote a tu inventario con valor de adquisición igual al valor de mercado del swap. El art. 37.1.h LIRPF obliga a tomar el mayor de los dos valores (BTC entregado o ETH recibido) en permutas.

03¿Puedo usar un método distinto (LIFO, HIFO) si me sale mejor?

No en España. Aunque software como Koinly te permiten elegir método (porque son globales y sirven a países donde otros métodos son válidos), el único método aplicable fiscalmente en España al retail es FIFO. Si usas otro método y te sale una ganancia menor, estás haciendo una declaración incorrecta que Hacienda puede regularizar al alza.

04¿Qué pasa con las comisiones de Binance al aplicar FIFO?

Las comisiones de compra aumentan el valor de adquisición del lote (art. 35.1.b LIRPF). Las comisiones de venta reducen el valor de transmisión (art. 35.1.c LIRPF). En la práctica, se restan del resultado neto total, y contablemente da lo mismo que imputarlas trade por trade. Si Binance te cobró la comisión en BNB con el descuento del 25%, el BNB gastado sí cuenta como gasto inherente.

05¿FIFO se aplica por token o globalmente?

Por token (o por cada activo homogéneo). Cada criptomoneda tiene su propio inventario FIFO separado. Las ventas de BTC consumen lotes de BTC, no mezclan con lotes de ETH. Cada token lleva su propia cola.

06¿Y si mi CSV de Binance empieza en 2025 pero tengo compras anteriores?

Tendrías que reconstruir el inventario inicial al 1 de enero de 2025 con los lotes previos (compras de 2024, 2023, etc.) y sus respectivos costes de adquisición. Criptohacienda, por diseño simple, asume inventario inicial cero al 1 de enero de 2025 para el ejercicio 2025. Si tienes posición previa, las ventas que excedan lo comprado en 2025 disparan un aviso de "inventario insuficiente" y te dicen que lleves tu CSV a un asesor para regularizar años anteriores.

07¿La AEAT me puede exigir el desglose operación por operación de FIFO?

Sí, durante los cuatro años siguientes al ejercicio (plazo de prescripción fiscal). Por eso conviene guardar el desglose con fecha, valor de adquisición FIFO, valor de transmisión y ganancia de cada venta. Es exactamente el informe que Criptohacienda te entrega en el PDF del borrador, y el que la mayoría de calculadoras globales no dan predefinido para el formato español.

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fuentes oficiales

La fuente primaria siempre prevalece sobre cualquier guía, incluida esta.

Si tu caso roza los límites o un asesor te pide referencia normativa concreta, ve directamente al BOE, a la AEAT o a las consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos.

el que firma

Javier Mancera

founder · criptohacienda

Madrid. Monte Criptohacienda despues de pasar por el mismo calvario que probablemente has vivido tu: pagar Koinly un ano, entrar a la app, y descubrir que el informe que me pedia mi gestor (valor de adquisicion, valor de transmision y comision operacion por operacion) no estaba. Esta guia es lo que me hubiera gustado tener delante el primer dia.

Para consultas de prensa o colaboraciones fiscales: hola@criptohacienda.es.