cuánto pago · base del ahorro 2025 · España
Cuánto pago a Hacienda por mis criptomonedas.
La pregunta que de verdad importa no es cómo se rellena la declaración, sino qué número acabas pagando. Aquí te enseño cómo se traduce tu ganancia cripto en euros de impuesto: los tramos del ahorro del 19 al 30 por ciento, qué tipo medio te sale según cuánto ganaste y un ejemplo numérico hasta la factura final. El cómo declararlo casilla a casilla vive en las guías hijas; aquí cuantificamos.
1. Sobre qué pagas: la ganancia, no lo que tienes.
Antes del número, una aclaración que ahorra mucho susto: no pagas por tener cripto, pagas por la ganancia patrimonial (glosa: el beneficio realizado al vender o permutar) que aflora cuando vendes, cambias o gastas. La factura sale de esto:
Ganancia = Valor de transmisión − Valor de adquisición − Comisiones
Si compraste 0,1 BTC a 25.000 €/BTC en marzo de 2024 (coste 2.500 €) y los vendes en julio de 2025 a 60.000 €/BTC (ingreso 6.000 €), tu ganancia es 3.500 € (menos comisiones). Sobre esos 3.500 € —no sobre los 6.000 que recibes— se calcula el impuesto. Esa ganancia entra en la base del ahorro (glosa: donde tributan intereses y plusvalías), que tiene sus propios tramos. A cuánto sale es lo que vemos a partir del paso 3.
2. Cómo se calcula esa ganancia (en una página).
Para llegar al número de ganancia hay tres reglas que cambian la cifra y que aquí solo resumo, porque cada una tiene su guía propia con ejemplo numérico:
- FIFO obligatorio. Si compraste el mismo activo en varios momentos, la AEAT considera vendido primero el lote más antiguo (no eliges LIFO ni HIFO). Eso fija qué valor de adquisición resta y, por tanto, cuánta ganancia sale. FIFO con varios lotes paso a paso →
- Swaps cripto-cripto. Cambiar BTC por ETH es una venta encubierta: genera ganancia aunque no toques euros. Si los omites, tu cifra real de impuesto es más alta de lo que crees. Por qué el swap tributa en España →
- Comisiones. Las de compra suben el coste, las de venta bajan el ingreso. Efecto neto: 1-2 % menos de impuesto. Base legal: artículo 35 LIRPF.
Si tienes el CSV de Binance y menos de 500 operaciones, la calculadora gratuita te devuelve esa cifra de ganancia ya con FIFO y swaps aplicados, y desde ahí cuantificas lo que sigue.
3. Cuánto pagas: tramos del ahorro 2025.
Aquí está el corazón de la cuantificación. Una vez tienes tu ganancia neta, el impuesto se calcula aplicando los tramos de la base del ahorro de forma progresiva: cada porción de la ganancia paga el tipo de su tramo, no todo al tipo más alto. Estos son los tramos vigentes para el ejercicio 2025 (Ley 7/2024, que subió el último tramo del 28 al 30 por ciento):
- · Hasta 6.000 €: 19 %
- · De 6.000 a 50.000 €: 21 %
- · De 50.000 a 200.000 €: 23 %
- · De 200.000 a 300.000 €: 27 %
- · Más de 300.000 €: 30 %
Ejemplo de cómo se reparte: si tu ganancia neta cripto fue de 8.000 €, no pagas 21 % sobre todo. Pagas 19 % sobre los primeros 6.000 € (1.140 €) y 21 % sobre los 2.000 € restantes (420 €). Total: 1.560 €. Eso es lo que de verdad sale de tu bolsillo por esos 8.000 € de beneficio.
Un matiz que sube la factura sin que lo veas venir: las ganancias cripto no van solas. La base del ahorro suma primero tus plusvalías con tus rendimientos del capital mobiliario (intereses de cuentas, dividendos, cupones) y luego aplica los tramos sobre el total. Si ya tenías 5.000 € de dividendos, tu ganancia cripto empieza a contar desde ese punto, no desde cero, así que puede caer en un tramo más alto del que pensabas.
4. Tu tipo medio real según cuánto ganaste.
La gente piensa en el tipo marginal (el del tramo donde cae su último euro) y se asusta de más. Lo que de verdad pagas es el tipo medio: el impuesto total dividido entre la ganancia. Como los tramos son progresivos, ese tipo medio es siempre menor que el marginal hasta que la ganancia es muy grande. Esta tabla te da el orden de magnitud para una ganancia cripto que sea tu única renta del ahorro del año:
- · Ganancia de 3.000 €: impuesto 570 € → tipo medio 19 %
- · Ganancia de 10.000 €: impuesto 1.980 € → tipo medio 19,8 %
- · Ganancia de 30.000 €: impuesto 6.180 € → tipo medio 20,6 %
- · Ganancia de 60.000 €: impuesto 12.680 € → tipo medio 21,1 %
- · Ganancia de 100.000 €: impuesto 21.880 € → tipo medio 21,9 %
La lectura práctica: para el retail medio español (ganancias de cuatro o cinco cifras bajas) el impuesto cripto se mueve entre el 19 y el 21 por ciento de la ganancia. No es el 30 % que la gente teme; ese tipo solo afecta a la parte de la ganancia que supera los 300.000 € en un mismo año, algo muy fuera del perfil habitual.
5. Lo que baja la factura: pérdidas que compensas.
Si en el año has vendido también en pérdidas, esas pérdidas restan de tu ganancia antes de aplicar los tramos, así que bajan directamente lo que pagas. Y si no tienes ganancias contra las que compensarlas este año, no se pierden: se arrastran hasta cuatro ejercicios. Es la palanca más limpia para reducir la factura sin trucos.
Cómo compensar pérdidas y arrastrarlas 4 años, con ejemplo numérico →
6. Ejemplo numérico: de la ganancia a la factura final.
Carlos compró 0,2 BTC en dos lotes (0,1 BTC a 25.000 € en marzo de 2024 con 5 € de comisión; 0,1 BTC a 30.000 € en mayo de 2024 con 6 € de comisión) y en noviembre de 2025 vendió 0,15 BTC a 60.000 €/BTC, ingresando 9.000 € con 18 € de comisión.
Ganancia (FIFO). Se consume primero el lote de marzo entero (0,1 BTC) y medio lote de mayo (0,05 BTC). Coste de adquisición: 2.505 € + 1.503 € = 4.008 €. Valor de transmisión: 9.000 − 18 = 8.982 €. Ganancia patrimonial: 8.982 − 4.008 = 4.974 €. (El detalle del consumo de lotes está en la guía de FIFO.)
Factura. Como la ganancia (4.974 €) no llega a 6.000 €, tributa entera al primer tramo, el 19 %. Impuesto a pagar: 4.974 × 0,19 = 945,06 €. Ese es el número con el que Carlos cierra la pestaña: un beneficio de casi 5.000 € le cuesta unos 945 € a Hacienda, un tipo medio del 19 %.
Qué movería esa factura: si Carlos hubiera tenido un swap BTC → ETH en el año, sumaría otra línea de ganancia (y de impuesto); si hubiera vendido algo en pérdidas, restaría de los 4.974 € antes del 19 %; y si ya tuviera dividendos en su base del ahorro, parte de la ganancia podría saltar al tramo del 21 %. El ETH que conserva no paga nada hasta que lo venda.
Cuando tengas tu número, el paso de volcarlo a la declaración (qué casilla del Modelo 100 va cada importe) lo tienes resuelto aquí: casillas exactas del Modelo 100 paso a paso →
8. Preguntas frecuentes.
¿Hay un mínimo a partir del cual tengo que declarar las criptomonedas?
No hay mínimo por ganancia patrimonial cripto. Si declaras la Renta y has tenido alguna venta o swap en el ejercicio, tienes que incluirla. La obligación general de declarar IRPF aplica si superas los 22.000 € de un solo pagador, 15.876 € de varios pagadores (límites Renta 2024-2025), o si has tenido ganancias patrimoniales superiores a 1.000 € por año, incluida la cripto. El umbral del Modelo 721 es otra cosa: 50.000 € de saldo a 31/12 en exchanges no residentes.
¿Qué tramos del ahorro se aplican en la Renta 2025?
La base del ahorro de IRPF en 2025 tributa al 19 % hasta 6.000 €, 21 % de 6.000 a 50.000 €, 23 % de 50.000 a 200.000 €, 27 % de 200.000 a 300.000 € y 30 % a partir de 300.000 €. El último tramo se subió a 30 % por la Ley 7/2024, antes era 28 %. Las ganancias patrimoniales de criptomonedas van todas a esta base del ahorro, no a la base general.
¿Tengo que pagar impuestos si solo he comprado y no he vendido?
No por IRPF. Las ganancias patrimoniales solo se realizan cuando vendes, cambias por otra cripto, gastas en bienes/servicios o conviertes a fiat. Si solo has acumulado, no tributas por esa tenencia. Eso sí, si tu saldo a 31/12 en exchanges no residentes supera 50.000 €, te toca el Modelo 721; y si tu patrimonio total supera el mínimo exento de tu Comunidad Autónoma, te entra en el Modelo 714.
¿Los swaps cripto-cripto tributan aunque no haya euros por medio?
Sí. Cambiar BTC por ETH es fiscalmente equivalente a vender BTC y comprar ETH. Hay ganancia o pérdida patrimonial en el momento del swap, valorada en euros al precio de mercado de ese día. El artículo 37.1.h LIRPF obliga además a tomar el mayor de los dos valores (el bien entregado o el bien recibido). Por eso un Excel a mano se vuelve impracticable en cuanto haces tres o cuatro swaps al año.
¿El tramo del 30 % me va a afectar?
Casi seguro que no. El 30 % es el tipo del último tramo de la base del ahorro y solo se aplica a la parte de tu ganancia (más el resto de tu renta del ahorro) que supere los 300.000 € en el mismo año. Para el retail medio, con ganancias de cuatro o cinco cifras bajas, el impuesto cae en los tramos del 19 % y el 21 %, lo que deja un tipo medio entre el 19 y el 21 %. El 30 % es un titular que asusta más de lo que pesa en la factura real.
Vendí pero reinvertí todo en otra cripto, ¿pago igual?
Sí. La reinversión no aplaza el impuesto en cripto (no existe un diferimiento como el de la vivienda habitual). El momento en que vendes o permutas es el momento en que aflora la ganancia, y pagas por ella aunque acto seguido compres otra moneda con el dinero. Por eso una racha de trading muy activo puede generar una factura fiscal alta aunque tu saldo final no haya crecido tanto: cada operación realizada cuenta.
¿Las comisiones cripto se deducen?
Sí, pero no como gasto general. Las comisiones de compra suman al valor de adquisición (lo encarecen, reducen tu ganancia futura). Las de venta restan del valor de transmisión (reducen ingreso, reducen ganancia). Base legal: artículo 35.1.b y 35.1.c LIRPF. El efecto neto en una ganancia normal es 1-2 % menos de impuesto.
¿Y si he perdido dinero con cripto, qué hago?
Las pérdidas patrimoniales se compensan primero contra otras ganancias patrimoniales del mismo ejercicio, después contra el 25 % del saldo positivo de rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos), y el remanente se arrastra hasta cuatro ejercicios siguientes. Si perdiste 8.000 € en 2025 y no los compensas en 2025, te quedan disponibles hasta 2029. La guía dedicada a esto está en /guia/compensar-perdidas-criptomonedas-irpf/.
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fuentes oficiales
La fuente primaria siempre prevalece sobre cualquier guía, incluida esta.
Si tu caso roza los límites o un asesor te pide referencia normativa concreta, ve directamente al BOE, a la AEAT o a las consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos.
- BOE · Ley 35/2006 del IRPF (LIRPF) — arts. 33, 35, 37, 49
Base legal completa: ganancias patrimoniales, valor de adquisición y transmisión, FIFO (37.2), regla del mayor en permutas (37.1.h), prelación de compensación (49.1.b).
- BOE · Ley 7/2024 (sube el último tramo del ahorro al 30 %)
Modifica la escala del ahorro: el último tramo pasa del 28 % al 30 % para ganancias superiores a 300.000 € desde el ejercicio 2025.
- AEAT · Manual práctico Renta (capítulo de ganancias y pérdidas patrimoniales)
Manual oficial con ejemplos, casillas del Modelo 100 y criterios aplicables a criptomonedas. Se actualiza en marzo de cada año con la campaña activa.
- DGT · Consulta vinculante V1948-21 (staking, airdrops, criterio fiscal)
Distingue rendimientos del capital mobiliario (staking) de ganancias patrimoniales (airdrops) para evitar mezclarlos en la misma casilla.
el que firma
Javier Mancera
founder · criptohacienda
Madrid. Monte Criptohacienda despues de pasar por el mismo calvario que probablemente has vivido tu: pagar Koinly un ano, entrar a la app, y descubrir que el informe que me pedia mi gestor (valor de adquisicion, valor de transmision y comision operacion por operacion) no estaba. Esta guia es lo que me hubiera gustado tener delante el primer dia.
Para consultas de prensa o colaboraciones fiscales: hola@criptohacienda.es.